DECLARACIÓN UNIÓN MARITAL DE HECHO
Es la manifestación ante el Juez o Notario de la existencia de la unión entre dos personas que, sin estar casadas ante la Ley, han estado conviviendo de manera permanente y libre, durante mínimo 2 años. El trámite termina con la firma del notario en la escritura pública.
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Los compañeros permanentes deben presentar solicitud escrita dirigida al notario en la que manifiesten su intención de declarar la unión marital de hecho existente, con:
- Documentos de Identificación.
- Datos completos (nombres, apellidos, documentos de identidad, lugar de nacimiento, edad, ocupación y domicilio)
- Manifestación de que actúan de común acuerdo.
- Fecha desde la cual conviven juntos.
-De ser el caso, identificación de hijos comunes.
Si existen hijos menores por fuera de la unión marital de hecho, identificarlos y entregar Registros Civiles de Nacimiento. Adicionalmente, inventario de los bienes, si los hay, que sean de propiedad de los menores y que estén bajo administración de quien vaya a declarar su unión. El inventario lo elaborará un curador, por trámite según la Ley. Consultar al Notario.