AFECTACION A VIVIENDA FAMILIAR
Esta protección, entre otros efectos, impide el embargo del predio por acreedores diferentes a la entidad financiera que realizo el préstamo, mientras haya deuda. No obstante, los cónyuges o compañeros permanentes pueden decidir no someter su vivienda a esta protección.
Se realiza cuando las personas casadas o compañeras permanentes durante al menos dos años, compran una vivienda para vivir con una familiar, y por ley la declaran como vivienda familiar en la escritura publica de compra. En este caso no se requiere realizar diligencias adicionales para proteger la vivienda.
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Documentos de identificación de los cónyuges o compañeros permanentes. (Fotocopia)
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Si el dueño de la vivienda es uno de los cónyuges, para protegerla se necesita que firme el cónyuge o compañero permanente.
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Certificado de Libertad de la vivienda no mayor a 1 mes.
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Escritura Publica de adquisición.
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Pago del impuesto predial año vigente.